El expediente Nº 72636 ya es tema de discusión en la provincia. Y es que, luego de las grandes dificultades que ha traído la caligrafía de algunos doctores, se ha pensado en usar a las nuevas tecnologías para reducirlas. La senadora Cecilia Páez, ideóloga del proyecto, ha trabajado en ello y ha presentado como plan la creación de un sistema de prescripción electrónica.
Tomando como antecedente el accionar de obras sociales como OSEP y PAMI, Páez propone que la red sirva como un derecho del usuario, de manera que haría obligatorio a los médicos a recetar electrónicamente y, a las farmacias, a expedir medicamentos con las mismas.
“Hoy, la prescripción electrónica existe en algunas obras sociales, pero no en todas”, explicó Gabriel Arias, gerente de TICs de OSEP. Y agregó que sería significativa su sanción, ya que en OSEP ven la eficacia de su aplicación: “aproximadamente el 80% de las recetas ambulatorias de la obra se hacen de manera electrónica, lo que se ha traducido con una gran conformidad en todo el ecosistema”.
Los beneficios, según se expone en el proyecto, se verían reflejados en el momento de atención y en la compra, ya que:
- no se le pediría al consumidor-paciente que regrese al consultorio para que le hagan una nueva receta;
- no se le daría un medicamento equivocado;
- no se le dejaría de entregar un remedio por poner en duda su nombre o la cantidad.
Además, de acuerdo con Arias, se ordenaría la red entre médicos, farmacias y obras, como viene sucediendo en OSEP: “En tiempo real podemos ver quiénes son los que están prescribiendo; qué están prescribiendo; quiénes son los que están consumiendo; el estado de la receta; si está consumida; si está prescripta y no consumida y si se venció”.
Los puntos principales de la legislación son:
- El reconocimiento del derecho de los pacientes a requerir a los profesionales de la salud las recetas médicas y volantes de indicaciones electrónicos impresos o, en su defecto, manuscritos con letras de imprenta;
- La emisión de recetas médicas y volantes de indicaciones en formato digital electrónico impreso o, en su defecto, manuscritos con letras de imprenta;
- Que cada receta electrónica impresa y su correspondiente volante de indicaciones cuente con fecha del día de emisión, el sello del profesional, su número de matrícula, la firma del mismo y todo requerimiento que determine el Ministerio de Salud de la provincia;
- Que se estampe la firma del profesional de la salud en soporte papel, forma manuscrita, y en tinta azul;
- Que cada receta médica, como el volante de indicaciones, cuente con las medidas de seguridad pertinentes que determine la autoridad ministerial de manera de evitar copias falsas;
- Que el Ministerio de Salud de la Provincia invite a los profesionales de la salud y a las distintas organizaciones que los representen, a adoptar la modalidad de receta electrónica impresa o en su defecto la modalidad de uso de letra manuscrita de imprenta clara y legible.