Un proyecto sobre prevención y control de resistencia a los antimicrobianos que exige, entre otros aspectos, la presentación de una receta médica archivada para la compra de antibióticos, antivirales y antiparasitarios, fue convertido en ley por la Cámara de Senadores.
La iniciativa requiere de la supervisión de las infecciones asociadas a los cuidados de salud, hospitales y terapias intensivas. También prevé la generación de un plan nacional de control de enfermedades producidas por agentes resistentes.
“La resistencia antimicrobiana ya era un problema de salud pública y la pandemia no hizo más que acelerarlo y agravarlo”, explicó la jefa de la cartera sanitaria nacional, quien destacó que la sanción de la ley permitirá abordar con mejores herramientas y medidas multisectoriales esta problemática que “ya es una de las diez principales amenazas de salud pública a las que se enfrenta la humanidad”
Entre sus principales objetivos figuran optimizar el uso de medicamentos antimicrobianos; mejorar la sensibilización y los conocimientos en materia de resistencia a los antimicrobianos; reforzar la vigilancia y la investigación en esta temática; prevenir y reducir la incidencia de las infecciones asociadas al cuidado de la salud; trabajar en la eliminación gradual del uso de antimicrobianos como promotores de crecimiento en sanidad animal y asegurar que se realicen inversiones sostenibles en la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos.
La Resistencia Antimicrobiana se produce cuando los microrganismos patógenos (virus, hongos, parásitos, pero principalmente bacterias) que causan enfermedades se vuelven resistentes a los medicamentos que se utilizan para combatirlos. Se trata de una problemática global y se estima que para el año 2050 puede constituirse en la primera causa de muerte a nivel mundial, sino se genera una respuesta conjunta y sistematizada.
El uso de antibióticos en cualquier circunstancia puede promover el desarrollo de resistencia, por eso una de las principales estrategias para limitar y contener esta problemática es la restricción del uso de antimicrobianos a las situaciones en las que sean imprescindibles o insustituibles.
En ese sentido, desde la Organización Mundial de la Salud (OMS), en su sesión del Comité Regional para las Américas, se resolvió aprobar el plan sobre RAM y su aplicación en el contexto de cada país a través del diseño y adopción de medidas para enfrentar este problema de origen multifactorial. El objetivo es garantizar que se pueda seguir previniendo y tratando enfermedades infecciosas por medio de fármacos eficaces y seguros.
En nuestro país se han adoptado ya diferentes líneas de trabajo en relación al uso responsable de medicamentos antimicrobianos. En el año 2015, se creó mediante resolución conjunta de los Ministerios de Salud y Agricultura, Ganadería y Pesca, la “Comisión Nacional de Control de la Resistencia Antimicrobiana” (CoNaCRA) que lleva adelante el “Plan Nacional de Acción para el Control de la Resistencia a los Antimicrobianos” (PNA).
Como organismo ejecutor, la CoNaCRA lidera el seguimiento del Plan de Acción Nacional, teniendo representatividad de las carteras nacionales de Salud; Agricultura, Ganadería y Pesca; Ambiente y Desarrollo Sostenible; Educación; y Ciencia, Tecnología e Innovación, participando además las sociedades científicas y organismos internacionales. Por su parte, el Ministerio de Salud creó en el año 2020 la Coordinación de Uso Apropiado de Antimicrobianos, que coordina la CoNaCRA.
El presidente del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar), Rubén Sajem, aseguró que a partir de la implementación de la Ley de Prevención y Control de la Resistencia Antimicrobiana habrá “un mejor control sobre la forma en que se compran y se entregan los antibióticos” y quienes adquieran este tipo de medicamentos deberán presentar dos recetas médicas, en caso de que sea a través de obras sociales y prepagas, y una, si es de manera particular.
Al referirse al cambio que la ley implicará para la compra de estos medicamentos en las farmacias, Sajem explicó que en la ley del ejercicio profesional farmacéutico (Ley 17.565), se indican distintos tipos de dispensa de medicamentos: los de venta libre y los que requieren receta, es decir aquellos para los cuales se precisa una prescripción médica y que, luego de que el farmacéutico sella con su intervención, puede ser devuelta a la persona (siempre y cuando no sea de venta a través de obra social o prepaga que requiera de esa receta para el reintegro).
El tercer caso son los medicamentos en venta bajo receta archivada, que implica que “la receta queda en la farmacia y el farmacéutico tiene que pasarla a un libro recetario indicando la fecha en que se lo entregó y ese medicamento se puede comprar una sola vez”, precisó Sajem.
Receta Archivada
La Ley implicará para las compras en farmacias, la venta será bajo receta archivada, por lo que “la receta queda en la farmacia, el farmacéutico tiene que pasarla a un libro recetario indicando la fecha en que se lo entregó y ese medicamento se puede comprar una sola vez”. El farmacéutico apuntó que “este tipo de recetas generalmente se aplica a medicamentos psicotrópicos por las circunstancias particulares que pueden generar adicción, dependencia con el uso continuado”. En el caso de los antibióticos, Sajem indicó que muchas veces las farmacias se quedan con las recetas porque sirven para que “se pueda cobrar a las prepagas u obras sociales el reintegro que corresponda”.
A partir de la nueva norma, según señaló, en esos casos se van a tener que entregar dos recetas: una que va a las prepagas y obras sociales por el reintegro y otra para cumplir las normativas de la ley de tener la receta en la farmacia para verificar que el antibiótico se entregó con receta.
“Aunque con los antibióticos ya había una resolución del Ministerio de Salud que indicaba que debían entregarse bajo receta médica archivada, en la práctica no existía el control que tenían los psicotrópicos, que llegan de las droguerías a las farmacias facturados de manera separada, lo que facilita el control”.
Fuente: Télam